Obligaciones Fundaciones y ONG en Ecuador

Conoce las obligaciones tributarias, impuestos y deducciones y excepciones de pago de las fundaciones sin fines de lucro y ONGs en Ecuador.

Lectura de 2 minutos aprox.

Daniel Andrade

Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.

Impuestos para fundaciones y ONG

Las obligaciones de fundaciones y ONG en Ecuador son clave para mantener su estatus legal, acceder a beneficios tributarios y evitar sanciones. Aunque estas organizaciones no persiguen fines de lucro, deben cumplir con normativas específicas que regulan su funcionamiento. En esta guía te explicamos qué requisitos debes tener en regla y cómo hacerlo correctamente.

¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplir las fundaciones y ONG?

Toda fundación debe estar legalmente constituida, inscrita en el Ministerio correspondiente (por ejemplo, el MIES) y contar con RUC activo. A partir de ahí, se activan obligaciones continuas como:

  • Llevar contabilidad organizada conforme a la normativa ecuatoriana
  • Declarar el Impuesto a la Renta (incluso si no se generan utilidades)
  • Presentar declaraciones de IVA si corresponde

Realizar retenciones en la fuente cuando aplique

Cumplir con estas obligaciones fundaciones y ONG permite operar sin contratiempos y mantener el acceso a exoneraciones fiscales.

¿Quiénes pueden acceder a la exoneración del Impuesto a la Renta?

Las fundaciones u ONG pueden estar exentas siempre que:

  • Sus ingresos y recursos se destinen exclusivamente a sus fines sociales o estatutarios
  • No repartan excedentes y los reinviertan hasta el cierre del ejercicio fiscal siguiente
  • No generen lucro y cumplan sus actividades conforme a sus estatutos

Si el SRI detecta incumplimientos, la organización pierde la exoneración y debe tributar como empresa regular.

¿Qué revisa el SRI en una fundación u ONG?

El SRI puede auditar a estas entidades en cualquier momento. Evalúa si:

  • Existe o no un fin de lucro
  • Los fondos se destinan al fin institucional
  • Se reinvierten correctamente los excedentes
  • Se cumplen todas las obligaciones contables y formales

Los hallazgos pueden derivar en sanciones, pérdida de beneficios tributarios o incluso clausura de operaciones.

¿Las fundaciones y ONG deben pagar IVA?

Depende. Por ejemplo:

  • Aportes o membresías anuales hasta $1.500 tienen tarifa 0 % de IVA
  • Si superan este monto, se aplica el 15 % de IVA

En estos casos, es fundamental emitir comprobantes autorizados por el SRI y desglosar correctamente el impuesto en cada transacción. Además, si la fundación actúa como agente de retención, debe declarar y pagar el IVA correspondiente.

Cumplir con las obligaciones tributarias y contables es clave para que una fundación u ONG en Ecuador mantenga su estatus legal y acceda a beneficios como la exoneración del Impuesto a la Renta. Inscribirse en el RUC, llevar contabilidad, declarar impuestos cuando corresponda y destinar los recursos a sus fines específicos no es opcional. Si se omiten estas responsabilidades, se pierden los beneficios. Mantener todo en regla con la ayuda de un contador experto permite enfocarse en lo importante: generar impacto social de forma sostenible.

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Daniel Andrade

Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.

Con experiencia en creación y redactor de contenido multimedia para distintos canales y gestor de contenido en redes sociales.

Preguntas Frecuentes

Fotografía de una laptop con la aplicación de Contapp abierta

Deben tener RUC activo, llevar contabilidad, declarar impuestos según su actividad y destinar sus recursos a fines sociales sin distribuir excedentes.

Sí, pero debe cumplir con requisitos específicos y no incurrir en actividades con fines de lucro.

Puede perder la exoneración fiscal, enfrentar sanciones del SRI y ser tratada como una empresa común, perdiendo su estatus legal como organización sin fines de lucro.

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