Exoneración ISD en Ecuador

El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en Ecuador se aplica a las transferencias de dinero al exterior. En 2025, existen varias exoneraciones y reducciones que permiten optimizar costos y cumplir con las normativas del SRI. Conoce los requisitos y beneficios actualizados.

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Eduardo Meythaler

Financiero, CEO de ContApp y especialista en estrategia de negocios.

ISD Ecuador

El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) es un tributo que se aplica en Ecuador sobre las transferencias de dinero hacia el exterior. Fue creado con el objetivo de regular la salida de capitales y fortalecer la economía nacional, evitando una fuga masiva de dinero. Sin embargo, no todas las transacciones están sujetas a este impuesto, y en 2025 existen múltiples exoneraciones y reducciones que pueden representar un ahorro significativo.

En este blog, te explicamos qué exoneraciones están vigentes, cómo aplicarlas correctamente y qué cambios recientes debes tener en cuenta.

 ¿Cuál es la tarifa del ISD en 2025?

La tarifa general del ISD en Ecuador es del 5%, pero en ciertos casos se ha reducido o eliminado completamente para favorecer sectores estratégicos y facilitar el comercio internacional.

Exoneraciones del ISD en Ecuador en 2025

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha definido diversas exoneraciones y reducciones al ISD. Estas son las más relevantes:

 1. Exoneración para consumos y retiros con tarjetas en el exterior

Si realizamos pagos o retiros en el exterior con tarjetas de crédito o débito, podemos beneficiarnos de una exoneración de hasta $5.188,26 USD anuales. Este límite estará vigente hasta 2027.

2. Exoneración para sectores estratégicos

Desde el 1 de diciembre de 2024, se estableció una reducción en la tarifa del ISD en Ecuador para sectores clave de la economía:

  • Sector farmacéutico: Exoneración total con tarifa del 0% para la importación de insumos dentro de las subpartidas arancelarias permitidas.
  • Otros sectores productivos: Reducción del ISD al 2,5% en la importación de materias primas esenciales.

3. Otras exoneraciones

Además de las exoneraciones mencionadas, existen otras situaciones en las que no se aplica el ISD:

  • Exportaciones: No se paga ISD si el dinero de ciertas exportaciones de bienes o servicios reingresa al país.
  • Pago de deudas externas: Cuando el pago corresponde a un crédito adquirido con una entidad financiera en el exterior registrada en el Banco Central del Ecuador, no está sujeto a ISD.

¿Se puede usar el ISD como crédito tributario?

A partir del 1 de enero de 2025, el ISD ya no podrá ser utilizado como crédito tributario del Impuesto a la Renta. En su lugar, el ISD ahora se considerará como un gasto deducible dentro del cálculo del Impuesto a la Renta, lo que puede representar un impacto en la planificación fiscal de muchas empresas.

Las exoneraciones y reducciones del ISD en Ecuador en 2025 representan una excelente oportunidad para reducir costos en transacciones internacionales y optimizar la carga tributaria. Conocer estos beneficios permite evitar pagos innecesarios y optimizar las finanzas.

Si necesitas ayuda con la aplicación de estas exoneraciones del ISD o tienes dudas sobre el tema, puedes agendar una asesoría tributaria gratuita con nuestros contadores expertos. ¡Hazlo y agenda hoy mismo!

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Eduardo Meythaler

Financiero, CEO de ContApp y especialista en estrategia de negocios.

Con experiencia en growth e internacionalización de empresas ha trabajado en distintas industrias y países manejando la estrategia de expansión de startups y negocios de exportación.

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